Las lesiones que afectan a las tres columnas
sin rotación ni traslación se consideran
inestables, por lo que el tratamiento ortésico
mediante TLSO es mandatorio, debiendo
valorarse individualmente la indicación
de colocar un corsé de escayola o cirugía. El
tratamiento ortésico posiblemente no deba
realizarse en los casos de deformidad angular
mayor de 25 grados, compromiso del
canal mayor del 50% o una combinación de
una pérdida de altura mayor de 50% con
una cifosis mayor de 15 grados.
Las lesiones que afectan a las tres columnas
con rotación y/o traslación, dada su inestabilidad,
es imposible controlarlas con tratamiento
ortésico y muy difícilmente con
yeso.
El tratamiento conservador está contraindicado
en deformidades cifóticas
mayores de 25 grados, estenosis del canal
mayor de 50% o en la asociación de una
pérdida de altura mayor del 50% y 15 grados
de cifosis. Si se decide el tratamiento
ortopédico debe iniciarse con reposo en cama durante cuatro a seis semanas seguido
de tratamiento ambulatorio con ortesis
TLSO.
El tratamiento rehabilitador se limitará a
ejercicios isométricos del tronco durante las
primeras 10 ó 12 semanas a partir de las
cuales se hará progresivo. Posteriormente, se
realizará un seguimiento estricto mediante
radiografías en flexión y extensión para
diagnosticar la inestabilidad ligamentosa
residual.
Algunos autores recomiendan el tratamiento
quirúrgico de todas las fracturas por estallido,
con o sin compromiso neurológico,
para evitar deterioro neurológico o cifosis
postraumática progresiva.
Esta última complicación es más frecuente
en niños, porque en este tipo de
fracturas se lesiona la placa de crecimiento,
produciéndose una epifisiólisis tipo IV de
Salter-Harris y con frecuente epifisiodesis
secundaria. En resumen, en niños con fracturas
por estallido se debe realizar reducción
y fusión quirúrgica sistemática.
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